Como elliminar una titularidad de fincas de concentracionparcelaria

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La propiedad medieval de la tierra

Por otro lado, en el ámbito privado, existen diversas iniciativas de asociaciones, cooperativas y grupos de jóvenes para la recuperación de terrenos no utilizados (o en riesgo de abandono), ya sea para la producción de alimentos, para fines terapéuticos y/o culturales-recreativos.

2) Procesos de concentración parcelaria, mediante un mayor conocimiento y difusión/asesoramiento técnico sobre instrumentos como las Asociaciones de Tierras y sus planes de gestión. La experimentación debería llevarse a cabo en algunas zonas piloto en las que existan condiciones favorables en cuanto a la participación de los propietarios y el apoyo técnico-administrativo de los municipios afectados;

3) Conocimiento y reconocimiento sistemático y completo de las experiencias de acceso a los terrenos que abarcan tanto terrenos privados como públicos; esto implicaría el relevamiento de la naturaleza de los sujetos involucrados y sus necesidades de apoyo y acompañamiento en las distintas fases de construcción del proyecto.

Significado de la propiedad de la tierra

g) el mantenimiento de la prohibición del cultivo de plantas modificadas genéticamente establecida por el Estado de acuerdo con las comunidades autónomas y las provincias, dentro del marco normativo europeo;

  En desahucio hay que acreditar la titularidad de la finca

3.  Las mesas y los organismos mencionados en el apartado 2 podrán completarse con representantes de las asociaciones de colectividades locales y de las estructuras regionales encargadas de asuntos de interés común.

1.  Dentro de los límites establecidos en el presupuesto de previsión financiera y en aplicación de las líneas fundamentales de programación contenidas en el documento económico-financiero regional (DEFR), el Gobierno regional, también sobre la base de los informes presentados de conformidad con el artículo 107 y previo dictamen de la comisión competente del Consejo, aprobará un programa anual de intervenciones.

1.  Con el fin de promover la participación de los inversores privados y de las instituciones financieras sobre una base de riesgo compartido, la Región activará instrumentos financieros complementarios a las subvenciones.

1.  Como acompañamiento a las medidas de ayuda activadas a nivel estatal para la prevención y gestión del riesgo en la agricultura, el Consejo Regional activa por propia deliberación intervenciones específicas relativas a:

Reordenación del territorio

d) contribuir a la función de protección y salvaguarda del territorio montañoso y rural, a través de medidas adecuadas para fomentar el desarrollo de las explotaciones agroforestales existentes, así como el establecimiento de otras nuevas, capaces de combinar la recuperación y preservación de las prácticas agrícolas tradicionales con el desarrollo de sectores agroforestales locales innovadores

  Como acreditar en el juzgado la titularidad de una finca

e) prevenir la escorrentía y la erosión del suelo fértil, así como el riesgo de incendios, promoviendo una actitud más atenta y responsable hacia la conservación y el cuidado de la tierra por parte de los titulares de derechos reales sobre la misma y de las administraciones locales

f) la simplificación de las leyes y reglamentos existentes para eliminar los obstáculos y restricciones a la recuperación productiva de las tierras para uso agrícola y silvícola.

2. La Región, previa consulta a los municipios a los que se refiere el apartado 1, definirá con una resolución del Consejo, para cada ámbito territorial, las directrices para la elaboración de planes de gestión, promovidos por sujetos públicos y privados, para la realización de las intervenciones previstas en este artículo.

Sinónimo de propiedad de la tierra

1. La ordenación del territorio regional se lleva a cabo mediante el plan general de ordenación del territorio regional (PTRG). 2. Los planes sectoriales de ordenación del territorio de ámbito regional, en los casos previstos por la legislación estatal o autonómica, complementan y concretan el PTRG, en consonancia con los objetivos y líneas de ordenación del territorio previstos por éste.

  En desahucio hay que acreditar la titularidad de la finca

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19, el PTRG surte efecto como plan urbano-territorial con consideración específica de los valores paisajísticos y ambientales en el sentido del artículo 1-bis del decreto ley nº 312 de 27 de junio de 1985, convertido con modificaciones por la ley nº 431 de 8 de agosto de 1985, cuando contiene normas específicas de uso y de valorización ambiental del territorio relativas a los bienes enumerados en el artículo 82, párrafo 5, del decreto presidencial nº 616 de 24 de julio de 1977 y modificaciones posteriores.

1. A partir de la fecha de adopción del PTPG, de acuerdo con el artículo 21 y hasta la adaptación de los planes generales de urbanismo de los municipios al PTPG, se aplicarán las medidas de salvaguardia previstas en la ley nº 1902 de 3 de noviembre de 1952 y sus modificaciones posteriores.

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