Como saber si la administración se ha adjudicado un finca
Trucos de subasta sin subasta
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Además del deudor, no podrán ofertar las personas indicadas en el artículo 1471 del Código Civil, como los administradores de los bienes del Estado, el juez de la ejecución, el depositario de los bienes embargados, el funcionario judicial que haya practicado el embargo.
La prohibición frente al deudor se aplica también si éste la ofrece a través de un tercero, siempre que se trate de una interposición ficticia y el tercero sea un mero testaferro del deudor; en cambio, se considera que la hipótesis de la interposición real, en la que el tercero adquiere el bien pagándolo con su propio dinero, al tiempo que se obliga a revenderlo al deudor en virtud de un contrato de reventa, es ajena al fundamento de la prohibición.
El segundo párrafo de la norma, en cambio, identifica la hipótesis de ineficacia de la oferta, sanción que conlleva para el oferente la prohibición de participar en la venta y que es equiparada por el legislador con la no presentación de la propia oferta.
Queda intacta la obligación del licitador de declarar su residencia o domicilio electivo en el municipio donde el tribunal tiene su sede, en virtud del artículo 174 de las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, bajo pena de notificar al secretario del tribunal cualquier orden que le concierna.
Si compro una casa en una subasta tengo que pagar al notario
Los institutos de venta judicial también tienen sitios web dedicados a la venta judicial. Estos institutos son entidades privadas que están autorizadas por decreto ministerial a la administración judicial de bienes inmuebles en virtud del artículo 592 del Código de Procedimiento Civil. También en este caso, los inmuebles publicados pueden buscarse por número de procedimiento, municipio o tribunal. Además de las instituciones mencionadas, hay una serie de entidades (denominadas entidades especializadas en virtud del artículo 107 de la Ley Concursal italiana) que asisten a los administradores concursales en la liquidación de los activos.
La subasta “con encanto” es una puja pública entre licitadores, generalmente organizada tras una venta fallida sin encanto. El juez de ejecución determina el precio base de la subasta y el aumento mínimo que se ofrecerá al precio base de la subasta. No se aceptan ofertas que no superen el precio básico de la subasta o la oferta anterior incrementada en la oferta mínima.
Para adquirir un inmueble en subasta judicial, se debe presentar una oferta por escrito en sobre cerrado dentro del plazo, que normalmente es el día anterior a la apertura de los sobres (es decir, mediante el procedimiento telemático a través de gestores de venta autorizados).
Subasta con significado de Enchantment
(1) edificios ocupados por oficinas gubernamentales o de uso militar o que puedan ser adaptados para la custodia de prisioneros, almacenes u otros locales utilizados para manufacturas o establecimientos fiscales de cualquier tipo;
a) el valor de los accesorios considerados inmuebles por destino, existentes en el fondo para el servicio y cultivo de los mismos, de acuerdo con el artículo 413 del Código Civil, debiendo pagarse por separado además del precio del fondo, de acuerdo con el artículo 51 siguiente;
f) cualquier indemnización debida como consecuencia de las mejoras realizadas en el inmueble por el inquilino será a cargo del comprador; y cualquier indemnización debida por el inquilino por cualquier deterioro causado en el inmueble será a cargo del comprador;
(a) el inmueble que se va a vender, su situación, nombre, linderos, consistencia y datos catastrales del mismo; en el caso de inmuebles pertenecientes al patrimonio eclesiástico, deberá designarse también el organismo del que proceden
(d) la oficina en la que debe efectuarse el pago de la primera décima parte del precio de los bienes y de la totalidad del precio estimado de los accesorios considerados como bienes inmuebles por el destino, así como de los siguientes plazos del precio de los bienes vendidos.
Subastas judiciales
En definitiva, ninguna de las causas que pueden inducir razonablemente a evitar la subasta es aplicable a la hipótesis de enajenación de un inmueble, salvo la especial urgencia de realizar un ingreso.
[Nota 5] Véase, por ejemplo, el art. 2, apartado 5, del Decreto-Ley nº 386 de 1991; el art. 1, del Decreto-Ley nº 332 de 1994; el art. 7, del Decreto-Ley nº 282 de 2002; el art. 11-quinquies, del Decreto-Ley nº 203 de 2005; así como, por último, el art. 1, apartado 213 de la Ley de Finanzas para 2010, nº 191 de 2009.
[Nota 12] “Cuando los pliegos de condiciones del contrato puedan fijarse con precisión y la evaluación de las ofertas que se ajusten a las especificaciones establecidas en el anuncio de licitación pueda efectuarse automáticamente por medios electrónicos, sobre la base de elementos cuantificables que puedan expresarse en cifras o porcentajes”: Art. 85, párrafo 3, Decreto Legislativo nº 163 de 2006.