Cambio de propietario finca contra quien dirijo la demanda

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Cuando se transmite la propiedad de un bien mueble

Según la S.C. (Tribunal de Casación, Sección Civil 3ª, sentencia de 16 de abril de 2009, nº 9013, Tribunal de Casación 11075/2003) la entrega de la finca al arrendatario constituye la prestación fundamental a la que se obliga el arrendador (artículo 1575 Código Civil, nº 1) para hacer efectivo el derecho al disfrute de la finca, objeto y función típica del arrendamiento (artículo 1571 Código Civil), y obliga al arrendatario a la sinallagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagagag nº 1) para hacer efectivo el derecho al disfrute de la finca, que es el objeto y función típica del arrendamiento (artículo 1571 del Código Civil), y obliga al arrendatario al cumplimiento sinalagmático de la contraprestación de esta prestación económica (que el arrendador debe hacer posible al tener la obligación de hacerse cargo de la finca: artículo 1587 del Código Civil, nº 1). Y dado que el citado art. 1575.1 del Código Civil exige que la cosa se entregue en buen estado de conservación, ésta debe estar relacionada con el uso pactado, ya que sólo dicha prestación permite el disfrute efectivo del bien. El corolario lógico que se desprende de ello es que el incumplimiento de la obligación de entrega del inmueble legitima la pretensión del arrendatario de resolución del contrato sin necesidad de probar su importancia.

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Transmisión del riesgo de venta

La ley, para evitar que la acción negatoria se ejercite con la única finalidad de ostentación (art. 833 del Código Civil), ha condicionado su ejercicio al peligro de un posible perjuicio para el titular.

“Tengo una calzada desde hace 40 años lindando con un vecino mío difícil; desde hace un tiempo ha empezado a invadir la calzada con un pesado bloque de travertino, haciendo casi imposible el paso; alega que la parte que ocupa le pertenece; el vecino está en concurso de acreedores desde hace años; ¿puedo pedir al administrador judicial que cese el acoso para proteger la propiedad que tiene encomendada? Qué otras acciones puedo emprender convenientemente?”.

Si se reconoce que el acto es emulativo, puesto que, de conformidad con el artículo 833 del Código Civil italiano, debe considerarse ilícito, produce como consecuencia el derecho a obtener la eliminación de la molestia o la indemnización por daños y perjuicios si los hubiere, también de conformidad con los artículos 2043 y 2058 del Código Civil italiano.

– Las heladas de estos días están provocando el desprendimiento de partes consistentes de yeso que caen sobre el tejado de mi casa (consistente, en esa parte, sólo en la planta baja) provocando el atasco de las tejas, del canalón y lo que es peor del alcantarillado;

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Reserva de título Código Civil

En esta acción (…) se presentó y declaró estar en posesión legítima de la propiedad, adquirida por su hermano (…) mediante escritura privada de fecha 28.11.1987 por el precio pagado de 4.500.000 liras y transferida a él por este último mediante escritura de liquidación de fecha 12 de julio de 2007. Por consiguiente, solicitó, en virtud del artículo 269 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que se le autorizara a extender el litigio a su hermano y a los vendedores a favor de estos últimos para que se cercioraran de lo que había declarado y para que se le indemnizara por los créditos escriturados, que en cualquier caso debían rechazarse.

Los demás demandados (…) – (…), en sus comparecencias, también se opusieron a la prescripción del derecho a obtener una sentencia constitutiva con arreglo al artículo 2932 del Código Civil italiano y a la falta de legitimación activa de (…).

Concedidos los plazos conforme al artículo 183 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en ambos procedimientos y ordenada su acumulación, con auto de 31 de mayo de 2011, el juez de instancia señaló vista para conclusiones, considerando inadmisible la prueba oral practicada, por ser genéricas las pretensiones formuladas por los alemanes (…) en relación con la demanda de usucapión y carecer de pertinencia las formuladas por (…) por las razones indicadas en la misma.

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Cambio de propietario finca contra quien dirijo la demanda 2022

3) El detalle de esta escritura sería que mi primo comprador tendría que comprar el 50% de mi propiedad a plazos por el precio de 40.000 euros. Precisamente el pago por 2025 libremente en cualquier fecha sin plazos fijos. Pero si no pagara antes de 2025, la propiedad revertiría a mí.

4) Problema: mi primo, potencial comprador del 50% de mi propiedad tiene una causa penal pendiente contra él por delitos tipificados en los artículos 612 y 582 del Código Penal italiano acusado de lesiones personales en la que la otra parte se ha personado como parte civil demandante. Independientemente de que mi primo actuó en defensa propia al haber sido agredido, pienso en lo peor y me imagino hipotéticamente que la contraparte de mi primo solicitara un embargo de bienes contra él, dado que tiene que comprar el 50% de mi propiedad, para protegerme, o si obtuviera daños y perjuicios, si esto pudiera repercutir contra el 50% de la propiedad de la cual vendería las acciones a mi primo, teniendo en cuenta que no tiene otros bienes a su nombre y no tiene trabajo ya que recibe su renta de ciudadanía.

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